Ley 7/2009 · Ley 7/2009, de 22 de diciembre, de Servicios Sociales de La Rioja.
Ley 7/2009 Art. 82
CAPÍTULO II
Artículo 82. Infracciones en servicios sociales.
1. Constituyen infracciones administrativas en el ámbito de los servicios sociales las acciones u omisiones de los diferentes sujetos responsables, contrarias a la normativa vigente, tipificadas y sancionadas en esta ley, sin perjuicio de las contempladas en el resto del ordenamiento jurídico.
2. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, atendiendo a la naturaleza del deber infringido y la entidad del derecho afectado.