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Ley 24/2009 · Ley 24/2009, de 23 de diciembre, del Síndic de Greuges.

Ley 24/2009 Art. 53

CAPÍTULO IV

In KraftAmtlicher Text

Artículo 53. Estudios generales e informes.

1. El Síndic de Greuges puede realizar estudios de carácter general sobre el funcionamiento de las administraciones, organismos y empresas que son objeto de su supervisión, a fin de controlar que se garantizan a la ciudadanía los derechos y libertades constitucionales y estatutarios. El Síndic debe poner estos estudios en conocimiento de los entes afectados.

2. El Síndic de Greuges puede elaborar informes sobre el cumplimiento de las resoluciones adoptadas en ejercicio de sus funciones.

3. El Síndic de Greuges puede realizar estudios y elaborar informes en relación con materias de su competencia. El Síndic debe presentar estos estudios e informes al Parlamento, integrados en el informe anual o como informes extraordinarios.