Ley 24/2009 · Ley 24/2009, de 23 de diciembre, del Síndic de Greuges.
Ley 24/2009 Art. 59
CAPÍTULO I
Artículo 59. Colaboración de la Administración general del Estado en Cataluña.
El Síndic de Greuges puede solicitar la colaboración de la Administración general del Estado en Cataluña en las actuaciones que lleve a cabo en ejercicio de sus competencias.