Ley 24/2009 · Ley 24/2009, de 23 de diciembre, del Síndic de Greuges.
Ley 24/2009 Art. 6
CAPÍTULO I
Artículo 6. Condiciones de elegibilidad.
Para ser elegido síndic o síndica de greuges es preciso ser mayor de edad, gozar de la condición política de catalán o catalana y estar en pleno uso de los derechos civiles y políticos.