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Ley 24/2009 · Ley 24/2009, de 23 de diciembre, del Síndic de Greuges.

Ley 24/2009 Art. 71

CAPÍTULO I

In KraftAmtlicher Text

Artículo 71. Funciones.

El Síndic de Greuges, como Autoridad Catalana para la Prevención de la Tortura y de otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, puede:

a) Visitar periódicamente aquellos espacios en que se hallen personas privadas de libertad.

b) Hacer recomendaciones a las autoridades competentes.

c) Formular propuestas y observaciones sobre los anteproyectos de ley en esta materia.

d) (Anulado)

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