Ley 3/2009 Art. 1
CAPÍTULO I
Artículo 1. Estatuto.
1. El Instituto Cántabro de Servicios Sociales, en adelante el Instituto, se configura como un Organismo Autónomo de la Comunidad Autónoma de Cantabria, adscrito a la Consejería que tiene atribuidas las competencias en materia de servicios sociales.
2. El Instituto se regirá por lo dispuesto en su Ley de creación y en el presente estatuto.