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Ley 3/2009 · Ley 3/2009, de 27 de noviembre, de creación del Instituto Cántabro de Servicios Sociales.

Ley 3/2009 Art. 24

CAPÍTULO VII

In KraftAmtlicher Text

Artículo 24. Responsabilidad patrimonial.

1. En materia de responsabilidad patrimonial regirán las normas contenidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. Los procedimientos de responsabilidad patrimonial serán resueltos por la Dirección del Instituto hasta una cuantía de sesenta mil (60.000) euros y por el titular de la Consejería competente en materia de servicios sociales o el Consejo de Gobierno en los demás casos, en función de las cuantías a las que, en esta materia, se remita la normativa reguladora del régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.