Ley 4/2009 Art. 9
CAPÍTULO IV
Artículo 9. Naturaleza.
El Consejo es un órgano institucional de participación e interlocución, un instrumento de buena gobernanza para el fortalecimiento del progreso económico y la cohesión social mediante el diálogo entre los agentes sociales y el Gobierno de Cantabria. Tendrá carácter tripartito y estará adscrito a la Consejería que ostente en cada momento las competencias en materia laboral.