Ley 5/2010 Art. 2
CAPÍTULO I
Artículo 2. Oferta de empleo público.
Durante 2011 la aprobación de la Oferta de empleo público se podrá llevar a cabo en los términos establecidos en la normativa estatal básica, previa negociación con las organizaciones sindicales en las respectivas Mesas Sectoriales.