Real Decreto 705/2011 Art. 23
CAPÍTULO VII
Artículo 23. Exención del módulo de formación práctica.
El módulo de formación práctica del ciclo de grado superior en judo y defensa personal podrá ser objeto de exención parcial, en función de su correspondencia con la experiencia en el ámbito deportivo o laboral detallada en el anexo IX.