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Orden CUL/1772/2011 · Orden CUL/1772/2011, de 21 de junio, por la que se establecen los procedimientos para el cómputo de espectadores de las películas cinematográficas, así como las obligaciones, requisitos y funcionalidades técnicas de los programas informáticos a efectos del control de asistencia y rendimiento de las obras cinematográficas en las salas de exhibición.

Orden CUL/1772/2011 Art. 5

CAPÍTULO II

In KraftAmtlicher Text

Artículo 5. Compromisos del buzón.

La homologación de un buzón por el ICAA estará condicionada a la asunción de las obligaciones y al cumplimiento de las disposiciones técnicas y de sistema que se señalan en el anexo I.

Asimismo, el buzón deberá desarrollar su labor conforme a las exigencias de la buena fe y cumplirá con puntualidad, eficacia y transparencia sus obligaciones en cuanto gestor en la recepción, control y remisión de los datos. El incumplimiento de lo dispuesto en este párrafo podrá dar lugar a la revocación de la homologación, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales en que pudiera incurrir.