Ley 8/2010 Art. 93
TÍTULO VI
Artículo 93. Concepto.
Las Administraciones Públicas de Cantabria promoverán el desarrollo de relaciones solidarias con otros pueblos, especialmente con aquellos más empobrecidos, a través de:
a) Los programas de cooperación al desarrollo.
b) Las estancias temporales en la Comunidad Autónoma de personas menores procedentes de países empobrecidos o en conflicto.
c) La atención a las personas menores extranjeras no acompañadas.
d) La adopción internacional.