Ley 9/2010 Art. 87
Sección 3
Artículo 87. Principios generales.
1. El procedimiento disciplinario se ajustará a los principios generales de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, así como a la normativa autonómica aplicable a la materia.
2. El plazo máximo para resolver los procedimientos disciplinarios del personal estatutario será el mismo que el previsto para los funcionarios públicos.