Real Decreto 878/2011 Art. 16
CAPÍTULO IV
Artículo 16. Módulo de formación práctica.
Para iniciar los módulos de formación práctica de los ciclos inicial y final de grado medio en salvamento y socorrismo, será necesario haber superado con anterioridad los módulos comunes y específicos de enseñanza deportiva que se establecen en el Anexo V.