Real Decreto 1026/2011 Art. 116
Sección 6
Artículo 116. Cuantía de la prestación.
1. La cuantía de la prestación económica por parto o adopción múltiple se determinará mediante la aplicación de la tabla siguiente:
2. El importe del salario mínimo interprofesional será el vigente en la fecha del hecho causante.