Real Decreto-ley 14/2011 Art. 4
CAPÍTULO II
Artículo 4. Permanencia en el servicio activo de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía.
(Derogado)
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2015-08-18
CAPÍTULO II
Artículo 4. Permanencia en el servicio activo de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía.
(Derogado)