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Ley 29/2011 · Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo.

Ley 29/2011 Art. 26

Sección 2

In KraftAmtlicher Text

Artículo 26. Daños en sedes de partidos políticos, sindicatos y organizaciones sociales.

1. En el caso de sedes de partidos políticos, sindicatos y organizaciones sociales, el resarcimiento comprenderá el valor de las reparaciones necesarias para que recuperen sus condiciones anteriores de funcionamiento, incluyendo el mobiliario y el equipo siniestrado.

2. Se entenderán comprendidos como daños indemnizables de esta naturaleza, los producidos por actos terroristas en las sedes o lugares de culto pertenecientes a confesiones religiosas inscritas.