Real Decreto 1275/2011 Art. 17
Sección 4
Artículo 17. Órganos de asesoramiento y coordinación.
1. Como órganos de asesoramiento y coordinación, la Agencia y su Consejo Rector contarán con un grupo de Comités Técnicos, además de una Red de Expertos Externos.
2. A tal efecto, se relacionan los Comités Técnicos adscritos a la Agencia y desarrollados normativamente:
a) El Comité de Medicamentos de Uso Humano.
b) El Comité de Seguridad de Medicamentos de Uso Humano.
c) El Comité de Medicamentos Veterinarios.
d) El Comité de Seguridad de Medicamentos Veterinarios.
e) El Comité Técnico del Sistema Español de Farmacovigilancia de Medicamentos de Uso Humano.
f) El Comité Técnico del Sistema Español de Farmacovigilancia de Medicamentos Veterinarios.
g) El Comité de disponibilidad de Medicamentos Veterinarios.
h) El Comité de la Farmacopea y el Formulario Nacional.
i) El Comité Técnico de Inspección.
j) El Comité de Coordinación de Servicios Farmacéuticos Periféricos.
k) El Comité de Productos Sanitarios.
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