Real Decreto 1275/2011 Art. 6
CAPÍTULO II
Artículo 6. Objeto de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
El objeto de la Agencia es el de garantizar que tanto los medicamentos de uso humano como los de uso veterinario y los productos sanitarios, cosméticos y productos de higiene personal cumplan con estrictos criterios de calidad, seguridad, eficacia y correcta información con arreglo a la normativa vigente sobre dichas materias en el ámbito estatal y de la Unión Europea.