Ley 30/2011 Art. 1
Artículo 1. Creación.
1. Se crea el Consejo General de Economistas como corporación de derecho público que tendrá personalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines con arreglo a la Ley.
2. El Consejo General de Economistas representa a todos los Colegios de Economistas y Colegios de Titulares Mercantiles que hasta ahora pertenecían al Consejo General de Colegios de Economistas de España y al Consejo Superior de Colegios Oficiales de Titulares Mercantiles de España, respectivamente, y asimismo representa en los ámbitos estatal e internacional los intereses de los economistas y titulares mercantiles.