Ley 33/2011 · Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.
Ley 33/2011 Art. 8
CAPÍTULO II
Artículo 8. Deber de colaboración.
Los ciudadanos facilitarán el desarrollo de las actuaciones de salud pública y se abstendrán de realizar conductas que dificulten, impidan o falseen su ejecución.