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Real Decreto 1308/2011 · Real Decreto 1308/2011, de 26 de septiembre, sobre protección física de las instalaciones y los materiales nucleares, y de las fuentes radiactivas.

Real Decreto 1308/2011 Art. 36

Sección 2

In KraftAmtlicher Text

Artículo 36. Medidas específicas de protección física de los transportes de materiales nucleares y fuentes radiactivas.

El Ministerio del Interior y el Consejo de Seguridad Nuclear, podrán, coordinadamente y en el ámbito de sus respectivas competencias, dirigir a uno o a varios titulares, instrucciones técnicas o administrativas específicas sobre la protección física de los transportes que complementen o desarrollen las medidas generales establecidas en el artículo 35. Estas medidas serán vinculantes desde el momento de su notificación a los titulares afectados o desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».