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Real Decreto 1308/2011 · Real Decreto 1308/2011, de 26 de septiembre, sobre protección física de las instalaciones y los materiales nucleares, y de las fuentes radiactivas.

Real Decreto 1308/2011 Art. 47

CAPÍTULO VIII

In KraftAmtlicher Text

Artículo 47. Suspensión o revocación de autorizaciones.

1. Las infracciones clasificadas como muy graves podrán dar lugar a la revocación, retirada o suspensión temporal de las autorizaciones y de las inscripciones en el Registro establecidas en este real decreto.

2. La decisión de suspensión o revocación deberá indicar el destino a dar a los materiales en poder del titular de la autorización suspendida o revocada, sin perjuicio de su eventual intervención inmediata en aplicación del artículo 43 de la Ley 25/1964, de 29 de abril, sobre Energía Nuclear.