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Ley 13/2008 · Ley 13/2008, de 12 de diciembre, de Apoyo a las Familias.

Ley 13/2008 Art. 12

CAPÍTULO II

In KraftAmtlicher Text

Artículo 12. Tipología.

Las ayudas económicas que el Gobierno Vasco otorgará para facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral obedecerán a la siguiente tipología:

a) Ayudas económicas a personas trabajadoras en situación de excedencia o reducción de jornada para el cuidado de hijos e hijas menores de edad.

b) Ayudas económicas a personas trabajadoras en situación de excedencia o reducción de jornada para el cuidado de personas en situación de dependencia.

c) Ayudas económicas para contribuir a las aportaciones realizadas por las familias para sufragar los gastos de las escuelas infantiles.

d) Ayudas para la contratación de cuidadores a domicilio para hijos e hijas.

e) Ayudas económicas a los empleadores para la contratación de personas sustitutas de los trabajadores o trabajadoras acogidas a las medidas de excedencia y reducción de jornada de trabajo para el cuidado de hijos e hijas menores de edad y para el cuidado de personas en situación de dependencia.