Ley 17/2008 · Ley 17/2008, de 23 de diciembre, de Política Agraria y Alimentaria.
Ley 17/2008 Art. 96
CAPÍTULO II
Artículo 96. Medidas de fomento.
Las administraciones públicas vascas, en el marco de la política agraria y alimentaria, establecerán, de conformidad con las prescripciones fijadas en la normativa comunitaria, las medidas de fomento, incluidas las de tipo fiscal, que sean necesarias para el cumplimiento de los fines y objetivos establecidos en la presente ley, dotándose, a tal fin, de un marco financiero propio y específico.