Real Decreto-ley 16/2011 Art. 4
TÍTULO I
Artículo 4. Función del Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito.
La función del Fondo es la de garantía de los depósitos conforme a lo previsto en este Real Decreto-ley y en su normativa de desarrollo.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2012-11-15