Orden INT/2850/2011 Art. 6
CAPÍTULO I
Artículo 6. Recursos.
Contra las resoluciones contempladas en esta Orden, así como contra la falta de resolución expresa, las cuales pondrán fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer los recursos y en los plazos previstos en los artículo 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.