Ley 10/2007 Art. 7
CAPÍTULO I
Artículo 7. Gastos económicos.
El ejercicio de los derechos reconocidos en esta ley no puede conllevar, en ningún caso, gasto alguno por este concepto para la persona usuaria del perro de asistencia.
CAPÍTULO I
Artículo 7. Gastos económicos.
El ejercicio de los derechos reconocidos en esta ley no puede conllevar, en ningún caso, gasto alguno por este concepto para la persona usuaria del perro de asistencia.