Real Decreto-ley 17/2011 Art. 8
Artículo 8. Bonificación de la inscripción de nuevas sociedades de responsabilidad limitada.
1. Se establece una bonificación del 50 por 100 de los aranceles correspondientes a la inscripción en el Registro Mercantil de la constitución de nuevas sociedades de responsabilidad limitada que tengan su domicilio social en Lorca, siempre que en esta localidad se centralice efectivamente la gestión administrativa y la dirección de sus negocios.
2. Esta bonificación se aplicará sólo a las inscripciones de nuevas sociedades de responsabilidad limitada que se produzcan hasta 30 de junio de 2014.