Real Decreto 1614/2011 Art. 23
CAPÍTULO III
Artículo 23. Recursos.
Contra la resolución expresa o contra la desestimación por silencio administrativo referida en el número tercero del artículo 21 de este real decreto, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejo de la Comisión Nacional del Juego, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o recurso contencioso-administrativo de conformidad con la Ley reguladora de dicha jurisdicción.