Ley 5/2004 · Ley 5/2004, de 7 de mayo, de Ordenación Vitivinícola.
Ley 5/2004 Art. 45
CAPÍTULO III
Artículo 45. Definición.
Son infracciones en materia vitícola las acciones y omisiones contrarias a las disposiciones legales sobre viñedos, en particular, sobre su arranque, plantación, replantación, transferencia de derechos de replantación, regularización, reestructuración y reconversión.