Real Decreto 1636/2011 Art. 19
Sección 2
Artículo 19. Elaboración del presupuesto.
De acuerdo con los artículos 64 y 65 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, ICEX elaborará anualmente su presupuesto de explotación y de capital y el programa de actuación plurianual, con la estructura que señale el Ministerio de Hacienda, que será tramitado en la forma establecida por la citada Ley 47/2003, de 26 de noviembre, para las entidades públicas empresariales.
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