Ley 2/2003 · Ley 2/2003, de 7 de mayo, reguladora de las parejas de hecho.
Ley 2/2003 Art. 14
CAPÍTULO IV
Artículo 14. Residencias para personas mayores.
Las residencias para personas mayores, tanto públicas como privadas, dispensarán el mismo trato a las parejas de hecho que a las unidas por matrimonio, tanto en lo relativo a su acceso al centro como en las condiciones de estancia y utilización de los servicios, incluido el uso de habitaciones, la posibilidad de compartir otras instalaciones existentes y cualesquiera otras condiciones de utilización y estancia en el centro.