Ley 5/2003 · Ley 5/2003, de 15 de diciembre, de la Autoridad del Transporte de Euskadi.
Ley 5/2003 Art. 3
CAPÍTULO I
Artículo 3. Principio de colaboración entre Administraciones públicas.
Las Administraciones públicas que participan en la Autoridad del Transporte de Euskadi ajustarán sus relaciones recíprocas a los deberes de información mutua, colaboración, coordinación y respeto entre ellas.