Real Decreto 1533/2011 Art. 6
Artículo 6. Contratos para la formación y el aprendizaje.
La formación inherente a los contratos para la formación y el aprendizaje se realizará, en régimen de alternancia con la actividad laboral retribuida, en los términos previstos en el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2013-03-22