Real Decreto 1774/2011 Art. 2
Artículo 2. Certificados de profesionalidad que se establecen.
Los certificados de profesionalidad que se establecen corresponden a la familia profesional Marítimo pesquera y son los que a continuación se relacionan, cuyas especificaciones se describen en los anexos que se indican:
Familia profesional: MARÍTIMO PESQUERA
– Anexo I. Operaciones de coordinación en cubierta y parque de pesca – Nivel 2.
– Anexo II. Pesca local – Nivel 2.
– Anexo III. Documentación pesquera – Nivel 3.
– Anexo IV. Observación de la actividad y control de las capturas de un buque pesquero – Nivel 3.