Resolución de 21 de diciembre de 2010 Art. 11
CAPÍTULO V
Artículo 11. Contratos admitidos a negociación.
Serán objeto de negociación en el Mercado los Contratos cuyas Condiciones Generales establezcan que dichos Contratos se admitirán a negociación.
CAPÍTULO V
Artículo 11. Contratos admitidos a negociación.
Serán objeto de negociación en el Mercado los Contratos cuyas Condiciones Generales establezcan que dichos Contratos se admitirán a negociación.