Orden EDU/216/2011 Art. 3
Artículo 3. Plazo para la aplicación del procedimiento.
La aplicación del procedimiento se realizará dentro de un plazo de cinco años que se iniciará el día de la entrada en vigor de la presente orden.
Artículo 3. Plazo para la aplicación del procedimiento.
La aplicación del procedimiento se realizará dentro de un plazo de cinco años que se iniciará el día de la entrada en vigor de la presente orden.