Ley 10/2010 Art. 30
CAPÍTULO II
Artículo 30. Ayudas para el transporte.
La Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha podrá conceder ayudas a las víctimas de accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales, destinadas a sufragar el coste, total o parcial, del transporte interurbano de personas por carretera dentro del territorio de la Comunidad Autónoma en que incurran aquéllas, en los términos y condiciones que se determinen reglamentariamente.