Ley 12/2010 Art. 62
TÍTULO V
Artículo 62. Incorporación de las asociaciones de mujeres en los consejos consultivos y asesores de naturaleza pública de Castilla-La Mancha.
Para la implantación de la igualdad, las asociaciones de mujeres de ámbito regional, conforme se establezca reglamentariamente, estarán representadas en los órganos de toma de decisión de los consejos consultivos y asesores de naturaleza pública de Castilla-La Mancha en los que participe la sociedad civil.