Ley 2/2011 · Ley 2/2011, de 31 de enero, de desarrollo y modernización del turismo de Extremadura.
Ley 2/2011 Art. 33
Sección 4
Artículo 33. Fiestas de interés turístico de Extremadura.
1. Se consideran Fiestas de Interés Turístico de Extremadura aquellos eventos que por su especial relevancia supongan una valorización de la cultura y de las tradiciones populares.
2. Las Fiestas de Interés Turístico de Extremadura podrán obtener el distintivo de calidad regulado en el artículo siguiente por las especiales características de dicha fiesta.