Ley 1/2011 · Ley 1/2011, de 7 de febrero, de protección civil y atención de emergencias de La Rioja.
Ley 1/2011 Art. 67
CAPÍTULO II
Artículo 67. Sanciones.
1. Las infracciones muy graves se sancionarán con multa de 50.001 a 2.000.000 de euros.
2. Las infracciones graves se sancionarán con multa de 5.001 a 50.000 euros.
3. Las infracciones leves se sancionarán con multa de 100 a 5.000 euros.
4. El apercibimiento se aplicará cuando la entidad de la infracción leve haga excesiva la imposición de multa y no existiere reincidencia.
5. El Gobierno de La Rioja actualizará las cuantías de las sanciones periódicamente de acuerdo con la variación del índice de precios.
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