Ley Foral 21/2010 Art. 15
CAPÍTULO II
Artículo 15. Composición del Servicio de Gestión.
1. El Servicio de Gestión estará integrado por las siguientes Secciones y Unidades:
Sección de Personal.
Sección de Administración.
Sección de Servicios Generales.
2. Las Secciones desarrollarán las funciones que, en cada momento, les encomiende el Jefe del Servicio.