Ley Foral 21/2010 Art. 18
CAPÍTULO III
Artículo 18. Reuniones de la Junta Técnico-Asistencial.
La Junta Técnico-Asistencial se reunirá de forma ordinaria al menos una vez cada dos meses y, con carácter extraordinario, cuantas veces lo disponga su Presidente o a solicitud de un tercio de sus componentes.