Ley 16/2010 · Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de servicios sociales de Castilla y León.
Ley 16/2010 Art. 17
TÍTULO I
Artículo 17. Procedimiento de elaboración y de aprobación del catálogo de servicios sociales.
El catálogo de servicios sociales de Castilla y León será aprobado por la Junta de Castilla y León, previo informe del órgano colegiado asesor en materia de atención a la dependencia previsto en el artículo 102 de esta ley y del Consejo de Coordinación Interadministrativa del Sistema de Servicios Sociales.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2014-09-20