Ley 1/2011 · Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía.
Ley 1/2011 Art. 15
Subsección 3
Artículo 15. Liquidación del patrimonio y relaciones jurídicas de las cámaras agrarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La total liquidación del patrimonio y las relaciones jurídicas de las cámaras agrarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía y su adscripción se llevarán a efecto por una comisión liquidadora cuyas funciones, composición y régimen de funcionamiento se determinarán en la Orden a que hace referencia el apartado 2 de la disposición final primera de la presente ley. Esta comisión liquidadora deberá quedar válidamente constituida, a fin de iniciar los trabajos, en el plazo máximo de un mes desde la entrada en vigor de la citada orden.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2014-01-01