Real Decreto 186/2011 Art. 14
CAPÍTULO IV
Artículo 14. Infracciones y sanciones.
En el caso de incumplimiento de lo dispuesto en este real decreto, será de aplicación el régimen de infracciones y sanciones establecido en la Ley 8/2003, de 24 de abril, sin perjuicio de las posibles responsabilidades civiles, penales o de otro orden que pudieran concurrir.