Rechtsbibliothek und Fallanalyse · Österreich · Belgien · Europäische Union
LAWxPERT Anmelden Kostenloses Konto

Acuerdo de 28 de febrero de 2011 · Acuerdo de 28 de febrero de 2011, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 1/2011 de asociaciones judiciales profesionales.

Acuerdo de 28 de febrero de 2011 Art. 1

CAPÍTULO I

In KraftAmtlicher Text

Artículo 1. Derecho a la libre asociación en Asociaciones Profesionales. Jueces y Magistrados con derecho a asociarse.

1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 127 de la Constitución española, se reconoce el derecho de libre asociación profesional de los Jueces y Magistrados integrantes de la Carrera Judicial. Los Jueces y Magistrados podrán libremente asociarse o no a Asociaciones Profesionales.

2. Sólo podrán formar parte de las Asociaciones Profesionales quienes ostenten la condición de miembros de la Carrera judicial en servicio activo. Ningún Juez o Magistrado podrá estar afiliado a más de una Asociación Profesional.