Ley 3/2011 Art. 27
CAPÍTULO IV
Artículo 27. Prevención en el ámbito laboral.
1. El Gobierno de La Rioja diseñará y aplicará medidas de prevención de la violencia en el ámbito de la función pública.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2022-09-23
CAPÍTULO IV
Artículo 27. Prevención en el ámbito laboral.
1. El Gobierno de La Rioja diseñará y aplicará medidas de prevención de la violencia en el ámbito de la función pública.