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Ley 4/2011 · Ley 4/2011, de 7 de marzo, de educación de Extremadura.

Ley 4/2011 Art. 52

CAPÍTULO III

In KraftAmtlicher Text

Artículo 52. Deberes de las familias.

Las madres, padres o tutores tienen los siguientes deberes:

a) Participar en la educación de sus hijos respetando el proyecto educativo, el carácter propio y las normas del centro.

b) Colaborar con el profesorado para contribuir al éxito educativo del alumnado.

c) Contribuir a la convivencia entre todos los miembros de la comunidad educativa.

d) Adoptar las medidas necesarias para que sus hijos e hijas cursen los niveles obligatorios de la educación y asistan regularmente a clase.

e) Cualesquiera otros previstos en el resto del ordenamiento jurídico